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Fugas de información
Según un reciente estudio de B2B Internacional y Kaspersky Lab el 24% de las empresas españolas en 2018 sufrieron fugas de información que, en la mitad de los casos (52%), afectó a información personal de los clientes.
Este dato nos recuerda el gran riesgo que existe en las brechas de seguridad y las fugas de información a las que se ven expuestas muchas empresas en ésta nueva era digital. A través de métodos tan simples y al alcance de todos los empleados como los dispositivos USB, un pendrive, el mismo correo electrónico, o documentación impresa, la fuga de información representan un alto riesgo para la empresa.
Ésta amenaza pone en peligro la imagen pública, la integridad y la confidencialidad, lo que puede repercutir siempre en la economía de la empresa.
Las fugas de información pueden afectar gravemente las cuentas de una empresa, e incluso al diseño de un nuevo producto a punto de salir al mercado. Ésta fuga, en los tiempos actuales, generalmente no se realiza a través de medios documentales escritos, sino a través de medios de almacenamiento digitales o a través de Internet. Esto supone que es más complejo hallar una huella superficial del delito, y para acceder a ella, es necesario un rastreo realizado por profesionales. Por ello, cobra gran importancia la actuación de una agencia de detectives privados que esté especializada en análisis informático forense.
Los Detectives se ponen a su disposición para recopilar las pruebas necesarias que demostrarán el robo de la información sensible. Del mismo modo, le orientaremos para desarrollar los sistemas de seguridad que permitan proteger adecuadamente los datos confidenciales en el futuro.
Fieles a nuestro estilo a la hora de concebir nuestros servicios de apoyo a la empresa, ponemos especial dedicación a la prevención de los riesgos que puede surgir su negocio. En éste caso concreto, algunos Detectives cuentan con habilitación de Director de Seguridad, con una formación específica que, antes de tener que solucionar un problema, evitará que se produzca.
Los litigios surgidos por éste grave problema, suelen ser difíciles de juzgar, y esto contribuye a que las sentencias sean bastante impredecibles. Nuestra empresa reúne a los expertos que apoyarán a su empresa para abordar un proceso judicial con las máximas garantías.
Bajas fingidas
La situación de baja laboral o IT (incapacidad temporal) se produce cuando un trabajador no puede realizar su trabajo por estar sometido a un tratamiento médico, por enfermedad o accidente. Durante éste periodo, el trabajador no puede trabajar ni realizar tareas incompatibles con su estado, sea por cuenta propia o ajena. La Ley obliga al trabajador a una colaboración activa en su proceso de recuperación.
Éste tipo de comportamientos contravienen gravemente la buena fe contractual recogida en el Estatuto de los Trabajadores. Por ello, fingir una baja laboral supone una falta muy grave, que puede incluso llegar a ser motivo de despido procedente, sin derecho a ningún tipo de indemnización.
Ante tal situación, el mayor perjudicado siempre es el empresario, al que origina un daño patrimonial, así como graves problemas funcionales y operativos. Por ello, conviene demostrar que la situación de incapacidad temporal ha sido fingida, de modo que puedan aplicarse las medidas disciplinarias adecuadas.
Hay distintas modalidades que son incompatibles con una baja laboral. El trabajador puede utilizar su periodo de incapacidad temporal para trabajar en otro lugar, o bien realiza actividades incompatibles con la causa que teóricamente le impide llevar a cabo su trabajo habitual. Asimismo, el empleado puede no participar de forma activa en su proceso de recuperación, alargando innecesariamente la baja laboral. O bien, durante su tiempo de ocio, puede realizar actividades que contravengan el plan específico realizado por los especialistas médicos para su óptima recuperación. Los Detectives recaban todas las pruebas necesarias para poder probar, ante Jueces y Tribunales, las bajas que objetivamente hayan sido fingidas.
Antecedentes laborales y verificación de referencias. Informes pre-laborales
Un reciente estudio asegura que el 87% de los españoles mienten en su currículum vitae, especialmente exagerando su experiencia laboral, manejo de idiomas, incluso estudios finalizados.
Uno de los principales activos de la empresa es tener siempre a los mejores profesionales al su alcance, por ello, es necesario contar con una información adecuada de los futuros empleados que formarán parte de ella.
Los Detectives pueden desarrollar diferentes tipos de informes previos a la contratación de empleados, para cualquier tipo de personal. Entre nuestras acciones, se encuentra la verificación de la información que aporta el candidato; estudiamos sus antecedentes de comportamiento (conflictividad, robos, hurtos, mobbing, alcoholismo…); e indagamos sobre la lealtad profesional y productividad en empresas anteriores.
Sin embargo, éste tipo de investigación supone muchas veces quedarse en la superficie. Una Agencia de Detectives puede considerar de vital importancia profundizar más allá, y por ello creemos que es indispensable en estos tiempos conocer datos, como la relación del candidato (o sus familiares) con empresas de la competencia, que para usted es fundamental conocer, con el objetivo de prevenir futuros problemas de seguridad con la información que pueda ser puesta a disposición del nuevo empleado.
Los detectives pueden trabajar mano a mano con su departamento de Recursos Humanos en el proceso de selección de personal, llegando incluso a infiltrar a un detective privado entre los candidatos, para conocer de cerca la personalidad y opiniones reales de los candidatos sobre la empresa (candidato secreto).
Además de informes pre-laborales, pueden realizar todo tipo de verificaciones de la información, comprobación de referencias, así como actuar en procesos de promoción interna.
Absentismo laboral y rendimiento del trabajador
Los empleados son la base de cualquier empresa; el capital humano marca la diferencia de su empresa con la competencia de forma estratégica. El empleado conoce perfectamente el funcionamiento interno de su empresa. Desde esa vía, surge un canal para abusar de la confianza que la empresa ha depositado en él.
Se ha observado que algunos trabajadores transgreden esa confianza, incurriendo en diversos comportamientos que son contrarios al deber de diligencia y a la buena fe contractual.
Así, una buena Agencia de Detectives tiene los profesionales y las herramientas para ayudarle a recopilar las pruebas necesarias para justificar una disminución de la productividad de un trabajador, que consiste en una reducción continuada y voluntaria del rendimiento normal pactado. Otros comportamientos que investigamos, consisten en acciones de los empleados tales como la merma en la calidad del trabajo, falta de consideración hacia los clientes, etc.
No concurrencia. Duplicidad ocupacional. Competencia desleal.
En la relación laboral existente entre trabajador y empresario pueden surgir situaciones en las que el primero abusa de la confianza que la empresa deposita en él.
Uno de los intereses primordiales de los empresarios, es que sus trabajadores vean a la empresa como algo propio, y luchen por ella. Pero en ocasiones, esto no ocurre así: algunos trabajadores se aprovechan de la información a la que tienen acceso para obtener algún tipo de interés.
Éste servicio no trata exclusivamente de problemas de fugas de información, sino de una competencia desleal por no respetar el posible pacto de no concurrencia.
El pacto de no concurrencia es un acuerdo contractual, por el cual el trabajador se compromete a no trabajar en un ámbito empresarial que coincida con el de su empleador, mientras esté en la empresa o una vez que la haya dejado, durante un tiempo específico. El objetivo de éste pacto, es evitar el flujo de información confidencial que se produciría si el empleado pasase a trabajar en la competencia directa de la empresa. Por eso, tiene mucho que ver con los conocimientos adquiridos en su puesto y con la confidencialidad que se presume.
Por otra parte, puede producirse una situación de competencia desleal por parte de los trabajadores. El Estatuto de los Trabajadores recoge que éstos “no podrán efectuar la prestación laboral para diversos empresarios cuando se estime concurrencia desleal”. Las pruebas que podemos obtener servirán para fundamentar el despido disciplinario del trabajador, y exigir, si es posible, las indemnizaciones pertinentes.
Los detectives privados demostrarán que su empleado o ex-empleado incumple la cláusula de no concurrencia, y recabarán las pruebas necesarias sobre la actividad laboral o empresarial en el mismo ramo de actividad de su empresa. Tanto si el empleado realiza la actividad para sí mismo, como si la efectúa para su competencia, este problema le puede afectar gravemente.
Control sobre delegados sindicales y representantes de los trabajadores.
Según la legislación laboral española, hay un tipo de trabajadores que gozan de ciertos privilegios. Éstos son los delegados sindicales y los representantes de los trabajadores, que, por ejemplo, disfrutan de una exención de su obligación de trabajar durante un determinado número de horas, para dedicarlas a sus labores de representación.
En investigaciones se ha visto cómo algunos trabajadores que ostentan ésta responsabilidad, utilizan sus horas sindicales (también llamado crédito horario) para otros fines distintos a sus responsabilidades como representantes de los trabajadores.
El uso incorrecto o abusivo durante éstas horas sindicales por parte de un delegado sindical, miembros del Comité de Empresa u otros representantes de los trabajadores, es motivo suficiente para proceder al despido disciplinario de dicho trabajador.
Los detectives privados, tienen la habilitación y los medios necesarios para obtener las pruebas con las que proceder al despido disciplinario del trabajador. El peso probatorio de las pruebas debe ser suficiente para poder ejercitar las medidas disciplinarias contra éste trabajador, ya que el ordenamiento en materia laboral otorga una gran protección a los representantes de los trabajadores.
Embriaguez o toxicomanía en la empresa
El Estatuto de los Trabajadores incluye como causa de despido disciplinario “la embriaguez habitual o toxicomanía, si repercuten negativamente en el trabajo”.
Éstos comportamientos pueden ser sancionables de forma disciplinaria por la empresa, llegando incluso a ser motivo de despido procedente del trabajador, sin derecho a cobrar ningún tipo de indemnización. Tanto la ingesta de cualquier tipo de drogas, como la embriaguez habitual, son causa directa de una reducción significativa del rendimiento del trabajador, lo que deriva en una merma en la productividad de la empresa y en una pesada carga para la misma.
Una Agencia de Detectives le ofrece los medios necesarios para demostrar la embriaguez o toxicomanía del trabajador, cuando afecte en el ámbito laboral. Estas investigaciones pueden ser presentadas ante Jueces y Tribunales, pudiendo proceder así al despido disciplinario del trabajador.
Hurtos y robos internos
“La pérdida desconocida” es el nombre técnico de los hurtos realizados por los propios trabajadores de la empresa. En ocasiones, los hurtos o robos internos se realizan por personal descontento, desleal o con un adiestramiento insuficiente. En nuestra trayectoria, hemos visto incluso cómo algunos trabajadores organizaban verdaderos negocios que, de forma clandestina, comercializaban mercancías robadas en la empresa para la que trabajaba. Ésta práctica, que lleva años siendo habitual, está extendida en países del este europeo, China, y en algunos puertos mediterráneos, y actualmente está siendo importada a nuestro país.
Para atajar este problema en la empresa, pensamos que debe hacerse desde la prevención. No obstante, si tiene dudas sobre la actuación de alguno de sus trabajadores, lo más adecuado es conseguir las pruebas para poder proceder al despido disciplinario del trabajador.
El hurto interno representa aproximadamente el 1,5% de las ventas, perjudicando gravemente los intereses empresariales. La investigación no sólo se centrará en el personal interno, ya que hemos visto que en ocasiones el hurto o robo proviene del exterior (red de transporte, servicio de vigilancia, limpieza…).
Un detective privado habilitado puede ayudarle a obtener todas las pruebas sobre estas conductas de los trabajadores, que suponen un incumplimiento de la buena fe contractual, además de una conducta ilícita.
Una Agencia de Detectives le ayudará a proteger el patrimonio de su empresa.
Otros fraudes: corrupción, amenazas, extorsiones, chantajes
Son múltiples y difíciles de prever las amenazas a las que se somete una empresa. En la cúspide directiva, podemos observar cómo en ocasiones hay directivos que transgreden la confianza y la buena fe. Sin embargo, somos conscientes de la exposición pública de la persona y de sus datos privados, a los que se ven expuestos los directivos de las empresas. Por ello, también hay situaciones en las que esa transgresión de la buena fe en beneficio de un tercero, se realiza ante todo tipo de amenazas, chantajes o extorsiones. Puede haber otras empresas o personas interesadas en aprovecharse de las vulnerabilidades personales de ciertos directivos o empleados para sacar un provecho de su posición en la empresa.
Se ha dado algún caso de fugas de información realizadas por un Director Comercial, al que habían amenazado con un asunto personal.
Lo más importante para prevenir estos hechos es realizar una óptima selección de personal. Además, se deben hacer controles preventivos cuando existe un alto riesgo de sufrir cualquier tipo de amenazas para algunos directivos.
Cobro de comisiones ilícitas
Hoy en día los directivos de las empresas pueden vivir diversas situaciones que pueden afectar al patrimonio de su empresa. Puede haber amenazas externas, extorsiones, chantajes, etc… Pero también existen situaciones en las que éstas personas son las responsables de utilizar su posición en la empresa para obtener un provecho económico o de otra índole para un tercero o para sí mismo.
Los Detectives son conscientes de éste problema, que no sólo puede afectar a su patrimonio económico, sino también a la imagen de su empresa en el mercado. Se ha comprobado por ejemplo, cómo Directores de Departamentos de Compras obtienen un beneficio externo por comprar a un determinado proveedor.
hay que analizar cada caso de forma individualizada, proponiendo las actuaciones a realizar para demostrar ésta conducta ilícita por parte del trabajador, que afectan a su deber de diligencia y buena fe contractual con la empresa.